Muchos consideran que un proceso reorganización o de negociación de deudas tiene efectos negativos es su reputación, sin embargo, la naturaleza de las leyes que regulan estos procesos es lo contrario
En situaciones de crisis, independientemente de su origen, se generan dificultades que en muchos casos terminan profundizando los problemas por los que atraviesan las empresas o personas que los sufren, como el hecho de tener que re-negociar el pago de las deudas con cada uno de los bancos, proveedores o cualquier tipo de acreedor.
Desde décadas atrás, los legisladores han venido avanzando en distintas maneras de evitar que las dificultades económicas de las empresas y personas terminen en incumplimientos de pago de deudas indefinidos o liquidaciones que, al final generan problemas mayores como el aumento del desempleo y contracción de la economía, es por ello que crearon leyes llamadas de quiebra, que en la actualidad se llaman de "REORGANIZACIÓN".
El objetivo de estas leyes, es en esencia que las empresas y personas hagan una propuesta de pago de sus deudas en un único ambiente de negociación, más que de manera individual, de tal manera que tengan la posibilidad de continuar con el desarrollo de su objeto social o personal con cierto alivio y con la tranquilidad de tener las herramientas necesarias para salir adelante.
Teniendo en cuenta que no todos los casos son viables, la legislación contempla que las personas o empresas se liquiden, de tal manera que queden a paz y salvo con la entrega de lo que posean, para así tener un nuevo comienzo, comúnmente se le llama borrón y cuenta nueva.
En el caso colombiano, la legislación relacionada con la insolvencia, ha pasado por varias etapas en las últimas décadas, inició como una forma de proteger a los acreedores, en especial a los bancos, con la Ley de Quiebras. Luego fue evolucionando para colocarse a tono con las tendencias mundiales como el conocido "Chapter 11" que opera en Estados Unidos, pasando por distintas etapas como la relacionada con los cambios por los efectos de la crisis económica mundial en la cual se publicó la Ley temporal de concordato.
Hoy en día, la Ley de insolvencia se le conoce como de Reorganización Empresarial que es la Ley 1116 de 2006, la cual ha tenido varias actualizaciones sin perder su esencia de buscar que las empresas que atraviesan crisis busquen acuerdos con sus acreedores de tal manera que tengan la posibilidad de continuar su objeto social con el apoyo de los mismos.
A pesar que no fue posible la emisión de una Ley específica que cumpliera el mismo objetivo de la 1116 para las personas naturales no comerciantes, este se cumplió con la inclusión del Título IV en la Sección Tercera del Libro Tercero en la Ley 1564 de 2012 y el Decreto Reglamentario 2677 de 2012 emitido por el Ministerio de Justicia y del Derecho.
La legislación relacionada con las personas naturales no comerciantes, les permite acceder fácilmente a los procesos que anteriormente estaban restringidos a las empresas y a comerciantes, abriendo espacios de negociación en los Centros de Conciliación dentro de un ambiente amigable y propicio para generar acuerdos con el cumplimiento de unos requisitos básicos.
Por motivo de la crisis generada por la Pandemia del Coronavirus y la enfermedad denominada COVID-19, el Presidente Duque con base en las facultades que le otorgó el estado de emergencia sanitaria, emitió el Decreto 560 de Abril de 2020, en el cual determina unas medidas transitorias que le permitan a todas las empresas y personas que han sufrido alguna dificultad por esta crisis, acceder de una manera más ágil a los procesos de reorganización y negociación de deudas, lo cual también incluye algunos alivios tributarios a los cuales se puede tener acceso durante los siguientes 3 meses y durante el año 2020, lo cual hace que sea un momento propicio para someterse a este procedimiento y estar mejor preparado para la post-pandemia.
I. El primer paso es determinar si la empresa o persona se encuentra dentro de los supuestos de insolvencia desde el punto de vista jurídico, para lo cual se puede:
Leer la legislación según le corresponda, sea empresa o comerciante o persona natural no comerciante.
Acudir a un experto para que le realice al análisis.
II. El segundo paso es analizar la viabilidad de la empresa desde el punto de vista económico y financiero, lo cual será la base de la negociación dentro del proceso de reorganización o negociación de deudas ya que si los acreedores ven un futuro viable en el cual el desarrollo de la actividad genera los flujos suficientes para los pagos o generación de utilidades en un plazo prudencial, seguramente el acuerdo con ellos será exitoso.
III. El tercer paso, depende de la viabilidad:
Si la empresa o persona es viable económica y financieramente, se debe preparar la documentación para solicitar la inclusión en el proceso de reorganización o negociación de deudas, con el cumplimiento de varios requisitos.
Si la empresa o persona no es viable económica o financieramente, se debe preparar para iniciar la liquidación.
Los profesionales de Gerencia de Valor, se han preparado académicamente en todos los aspectos jurídicos tanto de la legislación relacionado con empresas y personas comerciantes, como el la relacionada con personas naturales no comerciante.
Esta preparación, la han acompañado con experiencia en proceso de reorganización y de negociación de deudas, tanto en procesos judiciales como extra-judiciales, logrando:
Acuerdos de pago por más de 20,000 millones de pesos en empresas y personas comerciantes.
Acuerdos de pago por más de 1,000 millones de pesos de personas naturales no comerciantes.
El éxito que se ha tenido en estos procesos, se debe en buena parte a:
El análisis financiero previo de nuestros profesionales en áreas financieras expertos en presupuestos, análisis de mercados y proyección de flujos de caja.
El conocimiento de las expectativas de los acreedores, basados en el estudio que se realiza a estos y con lo cual se ajustan las propuestas de tal manera que satisfaga sus requerimientos mínimos.
La mejor manera de saber si los procesos de reorganización o negociación de deudas, es consultar a quienes conocen del tema, por esto le invitamos a agendar una cita gratuita (haciendo click aquí) por para conocer su caso y ayudarlo a definir los mejores escenarios.
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